Plusvalía municipal en Colindres: plazos, cálculo y bonificaciones

2 de septiembre de 2025
Pedro Casas Alonso

Colindres, con un casco urbano en expansión y un casco histórico singular en Colindres de Arriba, es un lugar donde muchas viviendas cambian de manos cada año, ya sea por compraventa o por herencia.

La plusvalía municipal en este municipio tiene características propias: un tipo impositivo del 29 %, coeficientes más bajos que en otros pueblos de la zona y bonificaciones en herencias que dependen de si la vivienda se convierte o no en domicilio habitual del heredero.

En Inmonorte lo explicamos de manera clara, con ejemplos prácticos, para que vecinos y propietarios de Colindres puedan planificar sin sorpresas este impuesto municipal.


📊 Resumen rápido de la plusvalía municipal en Colindres 🏛️

SituaciónPlazo para presentarQuién pagaTipo impositivoBonificación
Venta (compraventa)30 días hábiles🟠 Vendedor*29 %No aplica
Herencia6 meses (prorrogable a 1 año)🟢 Heredero29 %95 % si es vivienda habitual del heredero y se empadrona 2 años
30 % si no es habitual
Donación30 días hábiles🔵 Quien recibe la propiedad29 %No aplica
Sin ganancia en el valor del suelo30 días hábilesSegún el caso0 %No sujeción 

ℹ️ *Si el vendedor es no residente en España, el comprador asume el pago como sustituto del contribuyente.


🔎 ¿Qué es la plusvalía municipal?

La plusvalía municipal es el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). Se aplica cuando se transmite una propiedad urbana (por compraventa, herencia o donación), siempre que el terreno haya aumentado de valor desde su adquisición.

⚠️ No se paga por el edificio o la construcción, sino por la revalorización del suelo.


👤 ¿Quién tiene que pagarla en Colindres?

  • 🟠 En compraventas: el vendedor.

  • 🟢 En herencias: el heredero.

  • 🔵 En donaciones: quien recibe la propiedad.

⚠️ Si el vendedor es no residente en España, el comprador debe asumir el pago como sustituto del contribuyente.


📄 ¿Hay que presentar algo en el Ayuntamiento?

Sí. Aunque el notario comunica las operaciones al Ayuntamiento, eso no sustituye la obligación de presentar la declaración.

Según la ordenanza fiscal de Colindres (2015, vigente en 2025):

  • 📆 En compraventas: 30 días hábiles desde la firma.

  • 📆 En herencias: 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta 1 año.

Una vez presentada, el Ayuntamiento emitirá la liquidación correspondiente.


📊 ¿Cómo se calcula la plusvalía en Colindres?

Desde 2021 puedes elegir el método de cálculo más favorable:

  1. Método objetivo (por coeficientes)

    • Se aplica un coeficiente según los años de propiedad (hasta 20).

    • En Colindres los porcentajes son:

      • 3,35 % (hasta 5 años)

      • 3,25 % (hasta 10 años)

      • 3,15 % (hasta 15 años)

      • 3,00 % (hasta 20 años)

    • Se multiplica por el valor catastral del suelo.

    • Tipo impositivo en Colindres: 29 %.

  2. Método real (incremento efectivo)

    • Si el beneficio real (venta – compra) es menor al cálculo objetivo, puedes tributar por este.

    • Debes acreditarlo con escrituras, informes o pruebas.

🔍 En Inmonorte te ayudamos a comparar ambos métodos y decidir cuál te conviene más en Colindres.


🚫 ¿Y si no hay ganancia? ¿Puedo evitar pagar?

Sí. Si no existe incremento en el valor del suelo, puedes solicitar la no sujeción al impuesto.

Debes presentar:

  • 📄 Escritura de compra

  • 📄 Escritura de venta o herencia

  • ✍️ Solicitud de no sujeción

El Ayuntamiento comparará los valores y, si lo acepta, no tendrás que pagar nada.


🎁 Bonificaciones en Colindres

La ordenanza contempla las siguientes bonificaciones en caso de herencia:

  • 95 % si la vivienda heredada se destina a domicilio habitual del heredero, y este se empadrona durante al menos 2 años.

  • 30 % si la herencia es a hijos o cónyuge, pero el inmueble no se destina a residencia habitual.


🏛️ Exenciones especiales

En Colindres también están exentas las transmisiones de inmuebles declarados Bien de Interés Cultural (BIC) o dentro del Conjunto Histórico-Artístico, siempre que los propietarios hayan hecho obras de conservación o rehabilitación autorizadas y documentadas.


📌 Conclusión: lo esencial sobre la plusvalía municipal en Colindres

  • 📥 Siempre hay que presentar la declaración.

  • 🗓 30 días hábiles en ventas, 6 meses en herencias (prorrogable a 1 año).

  • ⚖️ Tipo fijo del 29 % en Colindres.

  • 🎁 Bonificación del 95 % en vivienda habitual heredada y 30 % en otras herencias a hijos o cónyuge.

  • 🚫 Si no hay ganancia, se puede solicitar no pagar.


💬 ¿Necesitas ayuda con la plusvalía municipal en Colindres?
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