Plusvalía municipal en Laredo: cuándo hay que presentarla

2 de mayo de 2025
Pedro Casas Alonso

Vender una vivienda en Laredo o recibirla por herencia genera muchas dudas, y una de las más frecuentes es: ¿tengo que pagar la plusvalía municipal? ¿Y cuándo y cómo se hace?

En este artículo te lo explicamos de forma clara y con ejemplos reales: cuándo hay que presentar la declaración, quién tiene que pagarla, cómo se calcula y qué bonificaciones existen. Además, incluimos consejos prácticos basados en nuestra experiencia en Inmonorte.



📊 Resumen rápido de la plusvalía municipal en Laredo 🏛️

Aquí tienes un resumen claro de los gastos de plusvalía municipal en Laredo en 2025:

SituaciónPlazo para presentarQuién pagaTipo impositivoBonificación
Venta (compraventa)30 días hábiles🟠 Vendedor*30 %No aplica
Herencia6 meses (prorrogable a 1 año)🟢 Heredero30 %95 % si es a hijos, cónyuge o padres
Donación30 días hábiles🔵 Quien recibe la propiedad30 %No aplica
Sin ganancia en el valor del suelo30 días hábilesSegún el caso0 %Exención total

ℹ️ *Si el vendedor es no residente en España, el comprador asume el pago como sustituto del contribuyente.


🔎 ¿Qué es la plusvalía municipal?

La plusvalía municipal es el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). Se aplica cuando se transmite una propiedad urbana (por compraventa, herencia o donación), siempre que el terreno haya aumentado de valor desde su adquisición.

⚠️ No se paga por el edificio o la construcción, sino por la revalorización del suelo.


👤 ¿Quién tiene que pagarla en Laredo?

  • 🟠 En compraventas: el vendedor.

  • 🟢 En herencias: el heredero.

  • 🔵 En donaciones: quien recibe la propiedad.

⚠️ Si el vendedor es no residente en España, el comprador debe asumir el pago como sustituto del contribuyente.


📄 ¿Hay que presentar algo en el Ayuntamiento?

Sí. Aunque el notario comunica las operaciones al Ayuntamiento, eso no sustituye la obligación de presentar la declaración.

Según la ordenanza fiscal de Laredo (junio 2022):

  • 📆 En compraventas: 30 días hábiles desde la firma.

  • 📆 En herencias: 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta 1 año.

Una vez presentada, el Ayuntamiento enviará la liquidación. A partir de entonces comienza el plazo voluntario para pagar.

✅ En Inmonorte recomendamos presentar la declaración directamente, incluso si luego se recibe la carta del Ayuntamiento. Hemos visto casos sin recargo, pero también hay riesgo (aunque poco habitual) de sanción por no declarar.


⏳ ¿Y si no me notifican en 4 años?

Si el Ayuntamiento no te notifica el impuesto en un plazo de 4 años, la deuda prescribe automáticamente, según lo establece la Ley General Tributaria.

Es decir, si en ese plazo no recibes liquidación ni requerimiento, el derecho del Ayuntamiento a cobrar caduca.

Ahora bien, esto no depende de que presentes o no la declaración, sino exclusivamente de la actuación del propio Ayuntamiento. Por eso, en Inmonorte recomendamos cumplir siempre los plazos legales de presentación, ya que la prescripción solo opera si la administración no actúa —y eso es algo que no puedes controlar.


📊 ¿Cómo se calcula la plusvalía en Laredo?

Desde 2021 puedes elegir el método de cálculo más favorable:

1. Método objetivo (por coeficientes)

  • 🔢 Se aplica un coeficiente según los años de propiedad (hasta 20).

  • 📐 Se multiplica por el valor catastral del suelo.

  • 💸 Tipo impositivo en Laredo: 30%

2. Método real (incremento efectivo)

  • 📈 Si el beneficio real (venta – compra) es menor al objetivo, puedes tributar por este.

  • 📑 Debes acreditarlo con escrituras, informes o pruebas.

🔍 En Inmonorte te ayudamos a comparar ambos métodos y decidir cuál te conviene.


🚫 ¿Y si no hay ganancia? ¿Puedo evitar pagar?

Sí. Puedes solicitar la no sujeción al impuesto si no ha habido incremento del valor del suelo.

Debes presentar:

  • 📄 Escritura de compra

  • 📄 Escritura de venta o herencia

  • ✍️ Solicitud de no sujeción

El Ayuntamiento comparará los valores y, si lo acepta, no tendrás que pagar nada.


🎁 ¿Hay bonificaciones?

✅ Sí. Existe una bonificación del 95% en transmisiones por herencia a favor de:

  • 👨‍👩‍👧 Hijos/as y adoptados/as

  • 💍 Cónyuges

  • 👴 Padres y adoptantes

Requisitos:

  • 🧾 Estar al corriente de pagos con el Ayuntamiento

  • 📌 Solicitarlo antes de que se emita la liquidación


📌 Conclusión: lo esencial sobre la plusvalía municipal

  • 📥 Siempre hay que presentar la declaración

  • 🗓 30 días hábiles en ventas, 6 meses en herencias

  • ⚖️ Puedes elegir el método de cálculo más favorable

  • 🛑 Si no hay ganancia, puedes pedir no pagar

  • ⏳ El Ayuntamiento tiene 4 años para notificarte


💬 ¿Necesitas ayuda con la plusvalía municipal?

🏡 En Inmonorte llevamos años ayudando a nuestros clientes  propietarios y herederos a gestionar la plusvalía en Laredo.

📞 Llámanos al 942 60 58 94 o rellena nuestro formulario de contacto:
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