Licencia turística en Cantabria: nuevo requisito 2025

22 de agosto de 2025
Pedro Casas Alonso

Hace unos días, una clienta acudió a Vivienda del Gobierno de Cantabria para registrar su vivienda como turística.
Allí le indicaron que, antes de poder tramitarla, necesitaba aportar un informe de compatibilidad urbanística emitido por su Ayuntamiento.

Cuando fue a preguntar al Ayuntamiento, la arquitecta municipal reconoció que todavía había dudas sobre cómo preparar este informe, ya que es un requisito muy reciente.

Confieso que a mí también me pilló por sorpresa. No estaba en las rutinas habituales hasta que revisé el Decreto 50/2025, publicado en julio, y entendí de dónde venía esta exigencia.

Este cambio se suma a otras novedades recientes en materia de alquiler turístico en Cantabria, como el registro obligatorio para el alquiler temporal, que ya explicamos hace unas semanas en el blog.


📌 El cambio principal: el informe de compatibilidad urbanística

Desde el 25 de julio de 2025, toda nueva vivienda de uso turístico debe presentar, junto con la declaración responsable, un informe de compatibilidad urbanística emitido por el Ayuntamiento.

Este documento certifica que la vivienda:

  • 🏠 Tiene uso residencial reconocido en el planeamiento municipal.

  • 📑 No incumple las ordenanzas urbanísticas.

  • ✅ Es apta para destinarse a uso turístico.

👉 Sin este informe, Vivienda Cantabria no admite el alta de la VUT.


🏛️ Lo que está pasando ahora en los Ayuntamientos

Aunque la norma ya es obligatoria, la realidad es que muchos ayuntamientos todavía están adaptando este procedimiento.

  • 🏗️ Algunos técnicos municipales están creando el modelo de informe “sobre la marcha”.

  • ⏳ Esto puede generar retrasos y confusión en nuevas altas.

  • 📌 Lo importante es saber que el informe será obligatorio sí o sí, y conviene solicitarlo cuanto antes.

En Inmonorte ya hemos visto casos de propietarios que reciben respuestas poco claras porque los propios ayuntamientos todavía están ajustando sus protocolos.


⏳ ¿Necesito el informe ya o tengo 8 meses?

El Decreto distingue entre nuevas altas y viviendas ya inscritas:

  • 🆕 Nuevas altas (a partir del 25 de julio de 2025):
    👉 El informe es obligatorio desde el primer día. No se puede presentar la declaración responsable sin adjuntarlo.

  • 🏠 Viviendas ya registradas antes del decreto:
    👉 Tienen 8 meses (hasta marzo de 2026) para presentar el informe y la nueva documentación.
    👉 Si no lo hacen, quedarán fuera del registro y pueden recibir sanciones.


🛠️ Otros requisitos obligatorios del Decreto 50/2025

Además del informe urbanístico, las VUT deben contar con:

  • 🔥 Detector de humo.

  • 🎚️ Sistema de monitorización de ruido.

  • 🩹 Botiquín de primeros auxilios.

  • 🗺️ Información turística visible dentro de la vivienda (teléfonos de emergencia, mapas, QR…).

  • 🔖 Número de registro en todos los anuncios (Airbnb, Booking, carteles, etc.).


⚖️ Declaración responsable: ojo con lo que firmas

La declaración responsable no es un simple papel, sino un compromiso legal con consecuencias importantes:

  • ✍️ Lo que declaras: que tu vivienda cumple con toda la normativa.

  • 🚀 Lo que te permite: empezar a alquilar de inmediato.

  • 🔍 Lo que aceptas: inspecciones en cualquier momento.

  • ⚠️ Lo que arriesgas: sanciones de hasta 75.000 € y cierre de la vivienda si no es cierto.

  • Lo que implica: mantener el cumplimiento mientras dure la actividad.


📑 Otros aspectos del Decreto 50/2025

  • 📖 Diferencia claramente entre viviendas turísticas y alquileres de temporada por la LAU.

  • 🏘️ Permite a los Ayuntamientos limitar el número de VUT por edificio o zona.

  • 🏢 Refuerza el control de las comunidades de propietarios (si lo prohíben en estatutos, no se permite).

  • 🔎 Aumenta la inspección y el control por parte de Turismo y de los Ayuntamientos.

Conviene no confundirlo con el alquiler temporal, donde los requisitos son distintos. Puedes leer más en nuestro artículo sobre cuánto puede durar un alquiler temporal en Cantabria.


✅ En resumen

El “algo” que ahora piden en Vivienda Cantabria no es un capricho: es el informe de compatibilidad urbanística del Ayuntamiento, obligatorio desde julio de 2025.

Este nuevo requisito afecta a cualquier propietario que quiera destinar su vivienda a uso turístico en Cantabria.
Aunque en Inmonorte no gestionamos alquiler turístico, creemos importante informar sobre estas novedades porque influyen en el mercado inmobiliario y generan muchas dudas entre propietarios.

Si estás valorando qué hacer con tu vivienda —vender, alquilar de forma temporal o ponerla en el mercado turístico— lo fundamental es conocer bien la normativa y tomar decisiones con toda la información.


Antes de meterte en trámites, asegúrate de no llevarte un susto: si tu vivienda está en la Costa Oriental, Inmonorte, especialistas en Laredo y alrededores, te ayuda a valorar la opción más sensata.

Artículos recientes

¿Hace falta firmar arras antes de ir a notaría?

4 de mayo de 2026 04/05/2026

Pedro Casas Alonso

¿Hace falta firmar arras antes de ir a notaría?

Hay personas que piensan que el contrato de arras…

El error de mirar pisos sin saber antes tu financiación

18 de abril de 2026 18/04/2026

Pedro Casas Alonso

El error de mirar pisos sin saber antes tu financiación

 ❓ ¿Tengo que tener ya una vivienda elegida para …

IA y compra de vivienda: cuando una respuesta no basta

8 de abril de 2026 08/04/2026

Pedro Casas Alonso

IA y compra de vivienda: cuando una respuesta no basta

Hay algo que cada vez pasa más.Alguien entra en l…

Los dos tipos de propietarios que vienen a vender su casa

31 de marzo de 2026 31/03/2026

Pedro Casas Alonso

Los dos tipos de propietarios que vienen a vender su casa

Hay algo que vemos constantemente en la oficina y…

Alquiler turístico en Cantabria: el error de los 15 días

24 de marzo de 2026 24/03/2026

Pedro Casas Alonso

Alquiler turístico en Cantabria: el error de los 15 días

Hay algo que estamos viendo cada vez más en la of…