Comprar una vivienda de segunda mano es una de las decisiones más importantes en la vida de muchas personas. Pero más allá del precio del inmueble, hay un gasto que a menudo genera dudas: el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). En este artículo te explicamos qué es, cuánto se paga en Cantabria en 2025 y cómo podrías acogerte a los tipos reducidos.
El ITP es un impuesto que se paga cuando adquieres una vivienda usada. Es decir, si compras una vivienda que no es nueva, no pagarás IVA, sino ITP. Este impuesto se abona en la comunidad autónoma donde está ubicada la vivienda, en este caso, Cantabria.
Lo debe pagar el comprador y debe hacerse en un plazo de 30 días hábiles desde la firma de la escritura de compraventa ante notario.
En Cantabria, el tipo general es del 9%, pero existen varios tipos reducidos si se cumplen ciertas condiciones. A continuación te mostramos una tabla con los principales tipos aplicables:
💰 Tipo ITP | 👥 Quién puede beneficiarse | 📋 Condiciones principales |
---|---|---|
9% | Tipo general | Cualquier comprador que no cumpla requisitos para tipos reducidos. |
7% | Mayores de 35 años para vivienda habitual | Importe máximo bonificable: 200.000 €. El exceso tributa al 9%. |
5% | Rehabilitación de vivienda | Obras acreditadas conforme al art. 41 del TRLITPAJD. Límite bonificable: 300.000 €. |
4% | Personas menores de 36 años | Que sea su vivienda habitual. Límite bonificable: 300.000 €. |
4% | Familia numerosa o con discapacidad | Para compra de vivienda habitual. Límite bonificable: 300.000 €. |
4% | Vivienda en municipios con riesgo de despoblamiento | Debe ser vivienda habitual. Consultar listado oficial. Límite bonificable: 300.000 €. |
3% | VPO o entidades sin ánimo de lucro | Aplicable cuando se adquiere vivienda protegida o por ciertas entidades sin ánimo de lucro. |
🟡 Recuerda: si el precio de la vivienda supera los límites indicados, se aplicará el tipo reducido solo hasta esa cantidad. El exceso tributa al 9%.
¿Puedo acogerme al 5% por rehabilitación si la vivienda cuesta más de 300.000 €?
Sí. Pero solo se aplicará el 5% a los primeros 300.000 €. El resto tributa al 9%.
¿Y si soy menor de 36 años pero la vivienda cuesta 320.000 €?
Lo mismo: 300.000 € al 4%, 20.000 € al 9%.
¿Y si compro con mi pareja y solo uno tiene menos de 36 años?
El tipo reducido solo se aplicará a la parte del comprador que cumple los requisitos.
¿Y si es para vivienda habitual pero no me empadrono?
La normativa exige empadronarse en 6 meses y mantener la residencia al menos 3 años.
¿Tengo que justificar la rehabilitación?
Sí. Deberás aportar documentos que acrediten el tipo de obra y su finalidad, cumpliendo los criterios de rehabilitación conforme a la normativa autonómica.
¿Y si la vivienda está en un municipio con riesgo de despoblamiento?
Cantabria aplica el tipo reducido del 4% en la compra de vivienda habitual si se ubica en uno de los municipios considerados en riesgo de despoblamiento (según el listado oficial publicado por la Comunidad Autónoma).
¿Y si compro una vivienda de 250.000 € que será mi vivienda habitual y tengo más de 35 años?
Se aplicará el tipo reducido del 7% hasta los primeros 200.000 € y el 9% sobre los 50.000 € restantes, siempre que se trate de vivienda habitual.
¿Y si compro una VPO?
Podrías acogerte al tipo del 3%, siempre que cumplas con los requisitos para acogerte a ese régimen y la compraventa esté debidamente justificada como protegida.
En Inmonorte podemos ayudarte a comprobar si el inmueble que te interesa está dentro de este listado y qué documentación necesitas.
En Inmonorte vemos muchas operaciones en las que el comprador podría pagar menos ITP si conoce sus derechos. Pero también vemos errores: compradores que no se empadronan a tiempo, que compran como inversión y luego no pueden justificar el uso, o que se acogen a la bonificación sin cumplir los requisitos y luego reciben una reclamación.
“Por eso recomendamos siempre revisar con un profesional antes de firmar la escritura.”
Si vas a comprar una vivienda en Cantabria, infórmate bien antes. Aplicar un tipo reducido puede suponer miles de euros de ahorro, pero debes cumplir todas las condiciones y justificarlas correctamente.
En Inmonorte te ayudamos a:
Saber si puedes acogerte a tipos reducidos.
Preparar correctamente la documentación.
Asegurarte de no tener problemas con Hacienda en el futuro.
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